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IndemnizacionesCaso resuelto en 2022

La aseguradora solo quería pagar los daños del carro. Nosotros reclamamos todo lo que perdió. Obtuvimos el reconocimiento de todos los perjuicios.

Hernando conducía su camioneta de trabajo en la vía Bogotá-Medellín cuando un vehículo invadió su carril. El impacto destruyó su camioneta y lo dejó incapacitado por 4 meses. La aseguradora del responsable reconoció los daños materiales pero ignoró todo lo demás.

Resultado: Indemnización integral reconocida — daño emergente (vehículo + gastos médicos), lucro cesante (4 meses sin trabajar) y daño moral.

"El ajustador de la aseguradora me dijo que me pagarían el avalúo del carro y nada más. Que lo demás era mi problema."

Hernando tenía 47 años y era transportador independiente. Su camioneta era su herramienta de trabajo: con ella hacía fletes y transporte de mercancía en la región. El 8 de marzo de 2021, en el kilómetro 112 de la vía Bogotá-Medellín, un vehículo de carga que venía en sentido contrario invadió su carril y lo impactó de frente.

La camioneta quedó destruida. Hernando sufrió fractura de clavícula, costillas y trauma craneoencefálico leve. Estuvo hospitalizado 12 días y en recuperación domiciliaria durante 4 meses. Durante ese tiempo no pudo trabajar y sus ingresos se fueron a cero.

La oferta de la aseguradora: el avalúo del vehículo y punto

El ajustador de la aseguradora del conductor responsable visitó el lugar del accidente, tomó fotos del vehículo y días después le presentó a Hernando una liquidación por el valor comercial de la camioneta, descontando la depreciación. Nada más.

Cuando Hernando preguntó por los gastos médicos, la incapacidad y los ingresos que había dejado de percibir, el ajustador le explicó que "eso no lo cubre el seguro de responsabilidad civil del otro conductor" y que tendría que reclamarlo "por su cuenta". Era una afirmación completamente falsa.

En Colombia, el seguro de responsabilidad civil extracontractual del vehículo responsable cubre todos los perjuicios causados a terceros: daños materiales, gastos médicos, lucro cesante e incluso daño moral. La aseguradora estaba intentando pagar solo una fracción de lo que legalmente debía.

Todos los perjuicios que reclamamos

  • Daño emergente — vehículo: valor real de reposición de la camioneta
  • Daño emergente — gastos médicos: hospitalización, cirugía, rehabilitación
  • Lucro cesante: ingresos dejados de percibir durante 4 meses de incapacidad
  • Lucro cesante futuro: reducción de capacidad de trabajo por secuelas
  • Daño moral: sufrimiento, angustia y afectación a la vida cotidiana

La estrategia: documentar cada perjuicio con prueba técnica

Presentamos la reclamación formal ante la aseguradora con un memorial detallado que cuantificaba cada perjuicio con su respectivo soporte: facturas médicas, certificados de incapacidad, declaración de renta de los dos años anteriores para acreditar los ingresos de Hernando, cotizaciones de vehículos similares para establecer el valor real de reposición, y un concepto médico sobre las secuelas esperadas.

La aseguradora rechazó la reclamación argumentando que el lucro cesante "no estaba cubierto por la póliza". Presentamos demanda ordinaria ante el Juzgado Civil del Circuito. En la audiencia de conciliación, con el expediente completo sobre la mesa, la aseguradora aceptó negociar.

El acuerdo de conciliación reconoció la indemnización integral, cubriendo todos los perjuicios reclamados. Hernando pudo comprar una camioneta nueva y retomar su actividad económica.

¿Qué perjuicios puede reclamar tras un accidente de tránsito en Colombia?

La indemnización por accidente de tránsito no se limita a los daños del vehículo. En Colombia, la víctima tiene derecho a reclamar todos los perjuicios causados por el accidente:

Daño emergente

Todo lo que usted gastó o perdió como consecuencia directa del accidente: reparación o reposición del vehículo, gastos médicos, medicamentos, transporte a citas médicas.

Lucro cesante

Los ingresos que dejó de percibir durante el período de incapacidad. Se calcula con base en sus ingresos demostrados (declaración de renta, contratos, facturas).

Daño moral

El sufrimiento, la angustia y la afectación emocional causados por el accidente. Los jueces colombianos lo reconocen en SMLMV según la gravedad del caso.

Daño a la vida de relación

Cuando el accidente genera secuelas que afectan su vida cotidiana, sus relaciones personales o sus actividades habituales.

¿Quién paga?

El SOAT cubre prestaciones básicas. El seguro de responsabilidad civil del vehículo responsable cubre los perjuicios adicionales. Si el conductor no tiene seguro, puede demandar directamente al responsable.